FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE

Art. 10.- Funciones del Vicepresidente.- Las funciones del/a Vicepresidente del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia son las siguientes:

a.   Subrogar  a/la Presidente del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia, en ausencia del/a Presidente/a.

b.  Presidir las sesiones del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia, en ausencia del/a Presidente/a.

c.   Gestionar ante organismos del estado y privados la implementación de proyectos en beneficio de niños, niñas y adolescentes en el cantón.

d.  Gestionar ante organismos de cooperación nacionales e internacionales, recursos financieros y técnicos, para fortalecer el Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia y al Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la niñez y adolescencia.

e.   Cumplir con las demás funciones que le delegue el/a Presidente/a del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia.

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