FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE
Art. 10.- Funciones del Vicepresidente.- Las funciones del/a Vicepresidente del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia son las siguientes:
a. Subrogar a/la Presidente del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia, en ausencia del/a Presidente/a.
b. Presidir las sesiones del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia, en ausencia del/a Presidente/a.
c. Gestionar ante organismos del estado y privados la implementación de proyectos en beneficio de niños, niñas y adolescentes en el cantón.
d. Gestionar ante organismos de cooperación nacionales e internacionales, recursos financieros y técnicos, para fortalecer el Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia y al Sistema Nacional Descentralizado de Protección Integral de la niñez y adolescencia.
e. Cumplir con las demás funciones que le delegue el/a Presidente/a del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia.